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Viernes, 21 agosto 2026
Argentina
21 de agosto de 2026
DESESPERANTE

La Justicia de Tucumán rechazó indemnizar a la familia de Sergio Denis

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo determinó que el cantante fue el único responsable del accidente que le costó la vida al caer al foso del Teatro Mercedes Sosa en 2019. Los hijos deberán afrontar la mayor parte de las costas del juicio

La Justicia de Tucumán rechazó indemnizar a la familia de Sergio Denis
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La Justicia de Tucumán rechazó la demanda de indemnización presentada por los hijos de Sergio Denis, cuyo nombre real era Héctor Omar Hoffmann, contra el Ente Autárquico Teatro Mercedes Sosa, la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina (ATSA) y el ex titular del ente, Raúl Francisco Armisén.

La sentencia fue firmada el 19 de agosto de 2026 por la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El tribunal concluyó que la causa directa del accidente fue la propia conducta del cantante.

El 11 de marzo de 2019, durante un show organizado por ATSA en el Teatro Mercedes Sosa de San Miguel de Tucumán, Denis bajó a la platea para interactuar con el público. Al regresar por la pasarela sobre el foso de orquesta, caminó de espaldas sin dejar de mirar a la audiencia y cayó al vacío desde unos tres metros de profundidad. El artista sufrió graves traumatismos y permaneció en estado crítico durante 14 meses hasta su muerte, el 15 de mayo de 2020, a los 71 años, por un paro cardiorrespiratorio.

Los jueces aplicaron la figura de “autopuesta en peligro” del Código Civil y Comercial. Consideraron que Denis “caminó de espaldas sin mirar la línea de marcha mientras cantaba de frente al público” y que esa conducta fue determinante. Descartaron que las cintas refractarias de la pasarela o la falta de una red de seguridad hubieran sido relevantes, ya que el resultado era inevitable dada la forma en que se produjo la caída. También rechazaron la responsabilidad del teatro y de ATSA, al entender que las instalaciones cumplían con las normas vigentes en 2019 y que no existía obligación de instalar mallas de contención. Además, el tribunal declaró de oficio la falta de legitimación activa de los tres hijos para reclamar como herederos. Las costas del juicio quedaron a cargo de los demandantes en su mayor parte.

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