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Jueves, 27 junio 2024
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Política Nacional
27 de junio de 2024

Nuevo round para el Ejecutivo: la Justicia rechazó la cautelar del STM por los descuentos

El Tribunal de Trabajo N° 4 decidió denegar la medida solicitada por el sindicato respecto a las deducciones por paro y la pérdida de presentismo. El municipio obtiene una herramienta legal.

Nuevo round para el Ejecutivo: la Justicia rechazó la cautelar del STM por los descuentos
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En la pulseada que mantiene el Ejecutivo encabezado por Montenegro contra el Sindicato de Trabajadores Municipales un nuevo round ganó la comuna. Esto es debido a que  el Tribunal de Trabajo N° 4 rechazó el pedido de medida cautelar por el descuento del día de paro y la pérdida del presentismo.
 

Los jueces Cecilia Bartoli, Alejandro Escobar y Daniel Cippitelli resolvieron denegar la medida innovativa requerida por el STM.

 

“La circunstancia que surge del pedido formulado, donde se solicita que en esta etapa inicial del trámite se "decrete medida cautelar innovativa por la que se ordene a la accionada deje sin efecto los actos por los cuales modificó, en perjuicio de mi representada y de los trabajadores municipales, el régimen de licencias por presentismo y el que ordenó el descuento del día de paro a los docentes y demás trabajadores municipales", señala la jueza Bartoli en el escrito.
 

“Cotejando sus términos con el objeto de la pretensión de fondo, queda en evidencia su identidad, lo que implica que pronunciarse sobre su procedencia importaría adelantar jurisdicción sobre la acción entablada”, remarca la jueza.

 

“Quiero aportar claridad interpretativa a los acápites precedentes: no estoy manifestándome sobre la procedencia o no de los planteos efectuados por la parte accionante. Por el contrario, entiendo que las cuestiones deben ser valoradas en forma prudente y pormenorizada, una vez sustanciada la demanda con la parte accionada y contando con la exposición de toda plataforma fáctica subyacente al conflicto, con todos los medios de prueba que ofrezcan y eventualmente produzcan las partes, para de ese modo poder merituar los reclamos traídos a dirimir en sede jurisdiccional en forma completa y detallada”, explica Bartoli.






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