La Tecla Mar del Plata
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La política y el sector de la construcción e inmobiliario mantienen relaciones estrechas, como lo demuestra el gran número de emprendimientos aprobados en diversas zonas de la ciudad. No obstante, cada vez más a menudo, las iniciativas se dirigen hacia el sur. Entre bosques y mar, uno en particular es el que más polémica genera: “La Reserva”.
El complejo hotelero aprobado por el Concejo para La Reserva busca inaugurar este tipo de emprendimientos de alto valor en las inmediaciones de las playas. El rápido tratamiento en el Legislativo y la polémica recomendación de apurar los trámites de la Secretaría de Obras reflejan la solidez del vínculo entre empresarios y política. Además, tras un largo periodo sin noticias del avance del emprendimiento, se dio a conocer una resolución del Ejecutivo que beneficia al complejo y un pedido para revocarla.
La resolución, firmada por el presidente del EMSUR, Santiago Bonifatti, tiene fecha del 26 de julio de este año. En su artículo 1°, otorga al proyecto “Vivienda Multifamiliar La Reserva Explanada” la declaración preliminar de impacto ambiental.
En el artículo 2° de la resolución, se establece que la firma deberá acreditar permisos de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (ADA), la Constancia de Uso de Suelo Municipal otorgada por la Dirección de Ordenamiento Territorial correspondiente a las parcelas involucradas, y solicitar la etapa de factibilidad mediante la presentación del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente a la etapa de proyecto ante la Autoridad de Aplicación, atendiendo a las observaciones realizadas.
También se agrega que, si se cumplen los requisitos, se convocará a una audiencia pública para que “todo aquel que pueda verse afectado o tenga un interés particular exprese su opinión respecto al proyecto”. “La prefactibilidad otorgada es de manera exploratoria, no da derecho a la ejecución de ninguna etapa de la idea de proyecto ni acredita la aprobación de las características del mismo”, señala el documento firmado por Bonifatti en su artículo 4°.
Tras conocerse la resolución del EMSUR, el Observatorio Ciudadano del Paseo Costanero Sur presentó un recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio para que se revoque el artículo 1°. En el escrito, señalan que la resolución estaría “viciada de ilegalidad manifiesta”.
“La legitimación para interponer formal recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, sin ser parte directa en el acto administrativo en crisis, está dada por verse comprometidos intereses sobre bienes ambientales de dominio público, derechos de incidencia colectiva con carácter de potencial daño ambiental sobre patrimonio de reserva natural (Ordenanza 10.011/95), yacimiento paleontológico (Ordenanza 22.325) y patrimonio cultural, cuyo deber de preservarlo resulta un imperativo de raigambre constitucional, artículo 28 CPBA y artículo 41 CN”, señalan en el documento presentado.
Luego, en el escrito, mencionan que la Ordenanza N° 25.848, que otorgó los indicadores a “La Reserva” a fines de 2022, permitió que en la zona en cuestión se produjeran “movimientos de suelo y deforestación como acondicionamiento al inicio de obras en el predio de referencia, conculcando principios rectores del procedimiento de evaluación de impacto ambiental”. Después, remarcan la “palmaria violación a lo dispuesto en el Decreto Provincial N° 5657/85, artículo 7°: Cese el desmonte, talado y extracción de árboles y deforestación de médanos y acantilados costeros en la zona ubicada inmediatamente al sur del Faro de Punta Mogotes hasta Playa Los Acantilados, y desde el camino de la Costa Mar del Plata-Miramar hasta el mar”.
“Si un proyecto de los comprendidos en este capítulo comenzara a ejecutarse sin haber obtenido previamente la Declaración de Impacto Ambiental, deberá ser suspendido por la autoridad ambiental provincial o municipal correspondiente. En el supuesto de que estas omitieran actuar, el proyecto podrá ser suspendido por cualquier autoridad judicial con competencia territorial, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar”, argumentaron en referencia a la Resolución 538/99, artículo 23°, de la ex Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.
También se menciona en el escrito la Ordenanza N.º 25850, “Ordenanza marco ambiental”, en su Artículo 19.º: “Aquellas obras, instalaciones o actividades que se inicien sin contar con declaración de impacto ambiental o que no cumplan con las exigencias, requerimientos y controles que se establezcan en el mismo, serán suspendidas y clausuradas de inmediato”.
“Esta ordenanza no entra en vigencia legal hasta que haya obtenido la convalidación del gobierno provincial. No obstante, y sin perjuicio de ello, a efectos de esta instancia, la franja de costa comprendida entre el metro 100 y metro 150, donde se planifica edificar, está afectada a la restricción prohibitiva explícita en el artículo 142° de la Ley 12.257, siendo omitida en el EsIA del proponente y conculcatoria del artículo 19°”, subrayan desde el Observatorio.
El proyecto de "La Reserva"
A fines de octubre del 2022, el reconocido empresario marplatense, Alberto Eduardo Materia, presentó una nota particular en el Concejo a los fines de obtener indicadores urbanísticos dentro del balneario amparado en la Ordenanza N°8434 de 1991 que se encuentra vencida desde el 7 de junio de 2015 a falta de nuevas prórrogas.
El proyecto permite edificaciones destinadas a "uso residencial uni o multifamiliar” con los correspondientes servicios además de una densidad de 100 habitantes por hectárea y con alturas de hasta 12 metros. El expediente tuvo un tratamiento express en las comisiones de Legislación y Obras con el visto bueno de los ediles oficialistas (Nuñez, Romero, Muro, Gonzalez, Morro y Neme) y la Dirección de Ordenamiento Territorial perteneciente a la secretaria de Obras que conduce Jorge "Guasa" Gonzalez.