La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires decidió reforzar el proceso de votación en los locales donde se realicen los comicios, designando un "delegado electoral" representante de ese organismo. A través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo estableció, además, la conformación del "Registro de Delegados Electorales", a cargo de la Dirección Técnico Electoral, dependiente de la Secretaría de Actuación de la Junta Electoral. El organismo explicó que "quienes integren el Registro, no pueden estar afiliados a ninguna asociación política, ni tampoco ser candidatos a cargo electivo alguno en el proceso electoral para el que sean designados", detallándose que recibirán una compensación. Los delegados electorales deberán verificar e informar las condiciones relativas a la aptitud edilicia y funcional de los establecimientos preseleccionados como locales de votación. Para ello tendrán que estar presentes en el establecimiento de votación, en el día y horario establecido por esta Junta Electoral -incluso el día previo a la elección-, para la recepción de la documentación y material electoral entregado por el Correo Oficial depositándolo -en su caso- bajo custodia del Comando Electoral hasta su entrega a las autoridades de mesa respectivas. Además, tendrán la misión de asistir a las autoridades de mesa en la constitución puntual de las mesas de votación; y, en caso de ausencia de las autoridades de mesa, instrumentar el mecanismo indicado por la Junta Electoral para proceder a su sustitución. En paralelo, deberán informar y asistir a las autoridades de la mesa que corresponda, en el acondicionamiento del "cuarto oscuro accesible"; comunicar a la Junta Electoral con la mayor celeridad cuando todas las mesas se encuentren constituidas; y procurar evacuar las consultas de las autoridades de mesa, fiscales partidarios y electores en general. |