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Jueves, 29 agosto 2024
Argentina
29 de agosto de 2024

El Concejo convalidó la adhesión del Municipio al RIGI y a la Ley de Bases

En el plenario de este jueves, se aprobó con los votos del interbloque de Juntos y de los libertarios la adhesión de la comuna no solo al Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones, sino a toda la Ley N° 27.742. Mientras que Unión por la Patria, Acción Marplatense y el Frente Renovador votaron en contra. Se dio un debate previo con cuestionamientos de la oposición.

El Concejo convalidó la adhesión del Municipio al RIGI y a la Ley de Bases
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En la octava Sesión del Concejo Deliberante, se convalidó el decreto de adhesión de la Municipalidad de General Pueyrredon al RIGI. La medida fue aprobada con los votos del interbloque de Juntos por el Cambio y de Crear más Libertad, mientras que Unión por la Patria, Acción Marplatense y el Frente Renovador votaron en contra.
 

El expediente 1713 es un proyecto unificado que contiene la iniciativa impulsada por los libertarios, con el apoyo de los amarillos y los lilitos, al que se sumó el expediente 1851, que convalida el decreto "ad referendum" firmado por el intendente Guillermo Montenegro, mediante el cual la comuna adhiere no solo al capítulo VII (que creó el RIGI) sino a toda la Ley Nacional N.º 27.742 (Ley de Bases).

 

Antes de votarse el expediente, una de las autoras, la presidenta del bloque de Crear más Libertad, María Cecilia Martínez, expresó que la Ley de Bases "trae cosas del sentido común". También, la edil puso como ejemplo la exploración off-shore como un mini-RIGI. "A quienes vengan, aunque venga otro gobierno, el RIGI va a seguir vigente", subrayó.

 

"Tenemos que dar previsibilidad jurídica”, apuntó la concejal libertaria en su elocución. "Mar del Plata necesita el RIGI", señaló.

 

Después, quien tomó la palabra fue el titular de la bancada amarilla, Agustín Neme, que señaló: "Todo lo que genera trabajo en la ciudad lo vamos a acompañar". Además, destacó que el régimen quita trabas y lo comparó con la gestión de Montenegro en estos años, “que es un camino que venimos recorriendo”.

Por su parte, la que salió a manifestarse en contra a la adhesión fue la edil de Unión por la Patria, Valeria Crespo, quien expresó: "El Municipio no necesita adherir para que la inversión venga a la ciudad. Estamos en una constante construcción del relato".

 

Mientras tanto, el concejal de UxP, Miguel Guglielmotti, comenzó señalando que el RIGI "implica una transferencia de los sectores más vulnerables a los sectores de poder". También criticó que “no hace ningún tipo de referencia a la mano de obra”, en particular a la necesidad de establecer un mínimo de trabajadores locales o nacionales.

 


El camino del proyecto:
 

El miércoles 10 de julio ingresó al Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza que buscaba que el Municipio de General Pueyrredon se adhiera a la Ley Nacional N° 27.742, específicamente al Título VII, denominado “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RIGI). La iniciativa fue impulsada por el bloque Crear más Libertad con el acompañamiento del Pro y la Coalición Cívica.
 

Por otro lado, Montenegro había anunciado en una conferencia de prensa en el COM que firmaría un decreto de adhesión al RIGI, lo cual se concretó el 25 de julio. En el Boletín Oficial, apareció la norma "ad referendum", en la que la Municipalidad se adhiere no solo al RIGI, sino a toda la Ley de Bases (N° 27.742), que debía ser aprobada por el Concejo.

 

El proyecto de convalidación del decreto de adhesión al RIGI ingresó al Concejo el 21 de agosto, mientras que el expediente 1713, impulsado por los libertarios, ya se encontraba en la Comisión de Legislación a la espera de ser unificado en una sola redacción, a pedido del oficialismo.

 

Tras la incorporación del expediente del Ejecutivo, ambos proyectos se unificaron y fueron aprobados en la Comisión de Legislación. Luego, pasaron a la Comisión de Hacienda, que cambió la fecha de la reunión para que el proyecto de convalidación ingresara a la Sesión. En una breve reunión (duró apenas 5 minutos con 54 segundos), se emitió el despacho. La oposición no se pronunció en contra del proyecto.


Lo que dice la Ley de Bases a la adhesión de los municipios al RIGI:
 

El título VII de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos es el que crea el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). En el artículo 163 se declara que las inversiones que se concreten son de interés nacional. Y dictamina que “sin perjuicio del ejercicio legítimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o vía de hecho por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido en el presente título por parte de la Nación como las provincias, por sí y por sus municipios, que hubieran adherido al RIGI, será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia competente deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación”.

 

Mientras, el inciso b del artículo 186 determina que sobre las cargas tributarias provinciales y municipales “no podrán alcanzarse con ningún tributo local las operaciones, transferencias, ventas, locaciones, prestaciones ni ninguna otra relación económica entre el VPU (Vehículo de Proyecto Único) y sus miembros. Cualquier imposición en tal sentido será considerada como una violación a lo establecido en el artículo 163 de esta ley”.

 

El inciso c del art 193 agrega que “no podrán alcanzarse con ningún otro impuesto nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni municipal las operaciones, actos o relaciones económicas entre la sociedad y la Sucursal Especial”.

 

Es el artículo 224 el que invita a las provincias y a los municipios a adherir al RIGI en todos sus términos y condiciones. Mientras que en el punto 123 se establece que quienes adhieran “no podrán imponer a los VPU nuevos gravámenes locales, salvo las tasas retributivas por servicios efectivamente prestados. A los efectos del presente régimen, se entenderá que existe un nuevo gravamen local cuando se cree un nuevo hecho imponible respecto de los existentes al 31 de diciembre de 2023 o, asimismo, cuando se modifique el hecho imponible, la base imponible, la alícuota, las deducciones, las exenciones y/o desgravaciones y/o cualquier otro aspecto de los tributos existentes a dicha fecha, que en los hechos implique una mayor carga fiscal”. 

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