La Tecla Mar del Plata
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"Que los intendentes busquen la forma de financiar la obra pública, no hay plata", había manifestado el presidente Javier Milei antes de asumir y que luego mantuvo durante su administración. En tiempos donde la obra pública se encuentra paralizada, el gobierno encabezado por Guillermo Montenegro sigue buscando alternativas para avanzar con proyectos necesarios para la comuna.
En ese sentido, el Ejecutivo local elevó este lunes 29 de julio al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para que la Municipalidad de Gral. Pueyrredon se adhiera “a la Ley Provincial N°14.920, adherente a la Ley Nacional N°27.328 - Ley Nacional de Contratos de Participación Público-Privada”.
La Ley Nacional 27.328 fue sancionada durante la presidencia de Mauricio Macri en 2016 y fija las pautas de los contratos de Participación Público-Privada (PPP) en el país. “Este tipo de contratos constituye una modalidad alternativa a los contratos de obra pública y concesión de obra pública, en la que hay una distribución de riesgos entre la autoridad contratante y el contratista, asumiendo este último la responsabilidad por la obtención de una parte sustancial del financiamiento del proyecto”, explica la web del Gobierno nacional.
“El presente proyecto tiene por finalidad que la Municipalidad de General Pueyrredon adhiera a la Ley Provincial N°14.920, la cual adhiere a la Ley Nacional N°27.328 - Ley Nacional de Contratos de Participación Público-Privada, la cual propone el dictado de un marco legal que crea el régimen de contratación público-privada (Contratos PPP), con el objeto de desarrollar proyectos en diversas áreas como infraestructura, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada, innovación tecnológica y servicios conexos a los mismos”, comienza a explicar el mensaje dirigido al Concejo.
El expediente firmado por Montenegro y el secretario de Desarrollo Local, Fernando Muro, agrega: “La misma prevé que el inversor privado, en asociación con el estado, construya y obtenga la financiación para llevar adelante un proyecto definido y que el estado o el mismo proyecto realicen el repago de la obra con una utilidad razonable a largo plazo”. “El esquema consiste en que quienes tengan las mejores capacidades técnicas lleven adelante las obras, asegurando la debida transparencia en los procesos de adjudicación, control y cumplimiento de los plazos previstos”, explica.
Por otro lado, se destaca que: “La Ley Provincial N°14.920 exime del impuesto de sellos previsto en la Ley N°10397, a los Contratos PPP a realizarse en el marco de esta Ley y la Ley Nacional N°27.328, incluidos los contratos de constitución de las sociedades que actuarán como Contratistas PPP y los que estas sociedades celebren con terceros a los efectos de dar cumplimiento a los Contratos de PPP”.
Además de la adhesión a la Ley Provincial y Nacional, se faculta al Departamento Ejecutivo a “dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias”. También se designa como autoridad de aplicación de la ordenanza a “la Secretaría de Desarrollo Local, Inversiones e Integración Público-Privada o a la que en el futuro la reemplace”.