3 de noviembre de 2026
BOLETíN OFICIAL
Letras del Tesoro: la Provincia avanza con los rescates previstos para noviembre
El Boletín Oficial publicó las resoluciones 179, 180 y 181, que establecen los importes y el procedimiento de pago para distintas series. Todas tienen como fecha de vencimiento el próximo 19 de noviembre.

La Tesorería General de la provincia de Buenos Aires avanzó con el procedimiento para el rescate de distintas series de Letras del Tesoro emitidas durante 2026. A través de tres resoluciones publicadas este martes 3 de noviembre en el Boletín Oficial, dispuso las medidas necesarias para cancelar títulos con vencimiento el 19 de noviembre.
Las disposiciones fueron firmadas el 30 de octubre por el tesorero general, David René Jacoby, y corresponden a instrumentos incluidos en el quinto, séptimo y noveno tramo del Programa de Letras del Tesoro para el ejercicio 2026. Cada resolución establece el importe que deberá transferirse para atender la serie respectiva.
Mediante la Resolución 179-TGP-2026, se dispuso el rescate de Letras del Tesoro en pesos ajustables por CER, emitidas a descuento, por $117.853.712.330. Estos títulos pertenecen al quinto tramo del programa y fueron emitidos a través de la Resolución 84 de la Tesorería General.
Por su parte, la Resolución 180-TGP-2026 ordenó el rescate de Letras del Tesoro en pesos capitalizables por $11.191.958.399. En este caso, se trata de instrumentos correspondientes al séptimo tramo, cuya emisión había sido establecida mediante la Resolución 115.
En tanto, la Resolución 181-TGP-2026 dispuso el rescate de Letras del Tesoro en pesos a descuento por $530.958.447.541, correspondientes al noveno tramo. La medida comprende tanto la emisión original, autorizada por la Resolución 157, como los títulos incorporados mediante una reapertura posterior, aprobada por la Resolución 174.
En los tres casos, la Tesorería deberá proceder con la intervención previa de la Contaduría General de la Provincia. Los fondos serán transferidos a la cuenta de Caja de Valores S.A. en el Banco Central, para su posterior acreditación a los tenedores de las letras con derecho al cobro. Las disposiciones permiten avanzar con las órdenes de pago necesarias para cancelar los títulos a su vencimiento.