La Tecla Mar del Plata
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Plaza Rumencó vuelve este lunes al centro de la escena del Concejo Deliberante. La comisión de Legislación, que preside el concejal de la UCR-Nuevos Aires, Ariel Bordaisco, tendrá entre sus 14 expedientes el proyecto de ordenanza 1154/26, una iniciativa que busca modificar la normativa urbanística sobre el predio ubicado en avenida Jorge Newbery 5035 y habilitar su afectación como Distrito de Equipamiento Específico (Ee), con destino a un paseo comercial.
El expediente llega a una instancia que puede resultar determinante para su futuro. Es que la Secretaría de Legal, Técnica y Hacienda respondió el pedido de informes realizado durante el tratamiento legislativo y dejó algunas definiciones sobre los principales interrogantes que rodean al proyecto. Ahora habrá que ver si esas respuestas alcanzan para que los concejales avancen con la polémica iniciativa o si, por el contrario, persisten las dudas que vienen atravesando el expediente.
Uno de los puntos centrales del informe está relacionado con la medida cautelar dictada en el marco de la causa iniciada por Fernando Orsini contra la Municipalidad de General Pueyrredon. Allí, la Justicia ordenó a Molas y Asociados Fiduciaria S.A. abstenerse de continuar con cualquier intervención material en el predio hasta que se acredite la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental. El planteo jurídico buscaba determinar si esa medida impedía continuar con la modificación de la normativa urbanística. La respuesta oficial fue que no.
“Con relación a dicha medida cautelar, la interposición de la misma, no impide la prosecución del procedimiento destinado a establecer o modificar la regulación urbanística aplicable al inmueble, siempre que el trámite administrativo se limite al ejercicio de la potestad normativa municipal y no implique autorizar, habilitar o permitir materialmente el desarrollo del emprendimiento, no existiendo objeciones de índole legal que formular”, sostiene la respuesta de Legal, Técnica y Hacienda.
La aclaración no es menor. En los hechos, el dictamen sostiene que el Concejo puede continuar discutiendo y eventualmente modificar las reglas urbanísticas que alcanzan al terreno, pero esa modificación no equivale a una autorización para comenzar las obras ni permite sortear la exigencia de contar con una Declaración de Impacto Ambiental.
El expediente llega a Legislación después de un recorrido atravesado por cuestionamientos ambientales y judiciales. El desarrollo comenzó a avanzar administrativamente mientras se registraban intervenciones en el terreno antes de la obtención de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental. Los desmontes y movimientos de suelo generaron reclamos de vecinos y organizaciones ambientalistas y terminaron desembocando en una disputa judicial.
En ese marco, el Juzgado Contencioso Administrativo N.º 2, a cargo de Marcelo Fernández, dictó la medida cautelar que ordenó frenar las intervenciones materiales en el predio.
Pero la respuesta de la Secretaría también se mete con otro de los puntos sensibles del proyecto: la compensación urbanística prevista en el artículo 6° de la ordenanza. La Comisión de Obras y Planeamiento había solicitado conocer quién sería el responsable de afrontar ese pago. Frente a esa consulta, Legal, Técnica y Hacienda propuso modificar la redacción del artículo para que la obligación no quede exclusivamente atada al actual titular registral.
La propuesta establece que “la compensación urbanística prevista en la presente Ordenanza estará a cargo del titular registral de los inmuebles alcanzados por la presente, o de quien resulte adquirente o titular de dominio de los mismos con posterioridad a su sanción, en tanto subsista la obligación de compensar”.
La explicación que acompaña el dictamen apunta a que la compensación funcione como una carga urbanística vinculada directamente con el inmueble. De esta manera, la obligación continuaría vigente aun cuando las parcelas cambien de titularidad, hasta tanto se acredite su cumplimiento.
El movimiento no es menor si se tiene en cuenta que durante la tramitación judicial también hubo cambios en la titularidad de las parcelas involucradas. El desarrollo del paseo comercial quedó vinculado a Treelands S.A. y MPSG 5 Newbery S.A., mientras que otra parcela quedó relacionada con Exfako S.A., donde se proyecta una estación de servicio.
Así, el expediente llega nuevamente al Concejo con la discusión ambiental todavía abierta, una cautelar vigente sobre las intervenciones materiales y un dictamen jurídico que, al menos en principio, no encuentra impedimentos legales para que avance la modificación normativa.
Ahora la pelota vuelve a estar del lado de los concejales. La respuesta de la Secretaría de Legal, Técnica y Hacienda despejó parte de los interrogantes planteados durante el tratamiento, pero también dejó expresamente establecido el límite: cambiar la normativa urbanística no significa habilitar las obras ni reemplazar la Declaración de Impacto Ambiental.