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Viernes, 13 febrero 2026
Argentina
13 de febrero de 2026
POR DECRETO

La Provincia modifica la fórmula del Canon por uso de Agua: los alcances de la medida

La normativa oficializada alcanza a usuarios no domiciliarios que explotan el recurso con fines productivos y quedan excluidos los hogares particulares. Desde el Gobierno señalan que buscan que los criterios sean "más transparentes y sostenibles".

La Provincia modifica la fórmula del Canon por uso de Agua: los alcances de la medida
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El Gobierno bonaerense aprobó el Decreto 3233/25 mediante el cual, a través de Autoridad del Agua (ADA), se actualiza la fórmula para el cálculo del canon por el uso y explotación del agua en la provincia de Buenos Aires. Asimismo, permitirá ajustar el valor a características reales, promoviendo un uso más eficiente y equitativo de un recurso esencial y limitado.

Desde el Poder Ejecutivo, tras la publicación de la medida en el Boletín Oficial, indicaron que la modificación alcanza exclusivamente a usuarios no domiciliarios que explotan el recurso con fines productivos o en desarrollo urbanos privados, quedando excluidos los hogares particulares.

"Con esta actualización, se avanza hacia un sistema más ordenado y transparente, que reconoce la diversidad de realidades productivas y territoriales fortaleciendo la gestión pública del agua", señalaron.

La nueva fórmula incorpora variables como el caudal declarado, la fuente de extracción, (superficial o subterránea), el tipo de usuario, el factor de retorno y la disponibilidad hídrica regional, entre otros parámetros. De esta manera, se establece un esquema que distingue entre distintos tipos de usos y magnitudes de emprendimientos, teniendo mayor incidencia en los grandes usuarios y evitando criterios uniformes que no reflejan la diversidad de situaciones existentes en la provincia.

Los recursos generados a través del canon se destinan al sostenimiento de las tareas de medición, planificación, monitoreo y control que realiza la ADA, fundamentales para garantizar la disponibilidad y calidad del agua a largo plazo.

La implementación será gradual lo que permitirá que los distintos sectores se adapten progresivamente al nuevo esquema. En tanto, desde el Gobierno expresaron que "esta actualización se enmarca en la política provincial de uso racional del agua, en consonancia con el Código de Aguas y el principio constitucional de dominio provincial sobre los recursos naturales".

La medida -según explicaron- "constituye un mecanismo regulatorio orientado a la eficiencia económica y ambiental en la gestión del agua". La misma está basada en la combinación de variables críticas como el caudal declarado, la fuente de extracción (superficial, subterránea), el factor de retorno (proporción del volumen devuelto al mismo sistema del que fue extraída sin alteraciones significativas en su calidad) y la escala y tipo emprendimiento productivo o de servicio.

"Este modelo reconoce la heterogeneidad en los patrones de consumo y en los impactos asociados, evitando la aplicación de precios homogéneos que no reflejan el costo ambiental ni la presión diferencial sobre las fuentes hídricas", añadieron desde ADA.


El ajuste del valor del metro cúbico de agua será en función de las siguientes variables:

 

  • Caudal declarado: la estructura tarifaria progresiva permite que los mayores volúmenes enfrenten costos marginales crecientes, incentivando la eficiencia hídrica, lo que fomenta el reúso, el tratamiento y la circularidad del recurso.
  • Fuente del recurso: la valoración diferenciada entre aguas superficiales o subterráneas reconoce el grado de vulnerabilidad de la fuente y los costos de reposición de cada fuente.
  • Factor de retorno: los usuarios que reintegran un mayor porcentaje de agua al medio del cual ha sido extraída, sin que se haya visto alterada significativamente su calidad, enfrentarán menores cargas.
  • Magnitud del emprendimiento: la escala del proyecto se incorpora para garantizar que la tarifa refleje la relación respecto del uso y el impacto real sobre el recurso.
  • Implementación de medidores de caudal: se contempla una reducción de la carga para aquellos usuarios que cuenten con caudalímetros instalados en sus sistemas de captación.
  • Tipos de usuarios: esta categorización pondera la actividad (industrias, comercios y servicios, energéticas, mineras, productores agropecuarios, desarrollos urbanísticos privados, prestadoras del servicio de agua) dándole coeficientes más apropiados a aquellos usuarios vinculados a la provisión de agua para el consumo humano y cargas mayores sobre los usos suntuosos o que pueden tener un impacto negativo en el recurso.
 


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