La Tecla Mar del Plata
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La relación estrecha entre la política y los sectores de la construcción e inmobiliario queda reflejada en la cantidad de emprendimientos aprobados en diversas zonas de la ciudad. En este entramado urbanístico, la política actúa como un César que siempre inclina el pulgar hacia arriba. Un caso emblemático es el polémico proyecto La Reserva.
Tras la audiencia pública sobre el proyecto inmobiliario, que busca desarrollarse en las playas del sur de la ciudad, el presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR) Santiago Bonifatti rechazó los recursos de revocatoria presentados por el Observatorio Ciudadano del Paseo Costanero Sur. Estos recursos se dirigían contra las resoluciones en las que el EMSUR otorgó la declaración preliminar de impacto ambiental a La Reserva.
De acuerdo con la resolución 279-2024, firmada por Bonifatti y publicada en el último boletín oficial, se señala que “se constata la inexistencia de movimientos de suelo o inicio de las obras proyectadas, respaldados por el material fotográfico aportado, y tras una detallada valoración de los argumentos esgrimidos por los recurrentes”. Además, se concluyó que “no corresponde hacer lugar a los Recursos de Revocatoria intentados contra las resoluciones”.
Sin embargo, el Observatorio cuestiona esta evaluación y apuntan que solo se “tocó un punto”. Según los ambientalistas, sí hubo movimiento de suelos, aunque reconocen que “no se podría acreditar que hayan sido en el lugar donde se van a emplazar los edificios”.
Las presentaciones del Observatorio surgieron a raíz de la primera resolución emitida por el EMSUR a fines de julio. En sus argumentos, señalaron que esta resolución estaría “viciada de ilegalidad manifiesta”.
“La legitimación para interponer formal recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, sin ser parte directa en el acto administrativo en crisis, está dada por verse comprometidos intereses sobre bienes ambientales de dominio público, derechos de incidencia colectiva con carácter de potencial daño ambiental sobre patrimonio de reserva natural (Ordenanza 10.011/95), yacimiento paleontológico (Ordenanza 22.325) y patrimonio cultural, cuyo deber de preservarlo resulta un imperativo de raigambre constitucional, artículo 28 CPBA y artículo 41 CN”, señalan en uno de los documentos presentados.
En el escrito, se mencionaba que la Ordenanza N° 25.848, que otorgó los indicadores a “La Reserva” a fines de 2022, permitió que en la zona en cuestión se produjeran “movimientos de suelo y deforestación como acondicionamiento al inicio de obras en el predio de referencia, conculcando principios rectores del procedimiento de evaluación de impacto ambiental”. Después, remarcan la “palmaria violación a lo dispuesto en el Decreto Provincial N° 5657/85, artículo 7°: Cese el desmonte, talado y extracción de árboles y deforestación de médanos y acantilados costeros en la zona ubicada inmediatamente al sur del Faro de Punta Mogotes hasta Playa Los Acantilados, y desde el camino de la Costa Mar del Plata-Miramar hasta el mar”.
“Esta ordenanza no entra en vigencia legal hasta que haya obtenido la convalidación del gobierno provincial. No obstante, y sin perjuicio de ello, a efectos de esta instancia, la franja de costa comprendida entre el metro 100 y metro 150, donde se planifica edificar, está afectada a la restricción prohibitiva explícita en el artículo 142° de la Ley 12.257, siendo omitida en el EsIA del proponente y conculcatoria del artículo 19°”, subrayan desde el Observatorio.