Según establece el Boletín Oficial, desde dicho organismo ejecutivo podrán establecer nuevos valores a los ya establecidos por la Ordenanza Impositiva vigente, rigiéndose por los aumentos que den a conocer desde el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC) respecto del IPC. Además, según establece el Artículo 37 de la ordenanza fiscal del 2024, con el cual queda respaldado dicho cambio en la impositiva :“El Departamento Ejecutivo está facultado para disponer actualizaciones en los valores, coeficientes e importes establecidos en la Ordenanza Impositiva para los períodos, anticipos, cuotas, derechos u otros, correspondientes a cada tributo, sobre la base del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado del ejercicio.” sostiene el escrito. Aquello le confiere al secretario del Legal, Técnica y Hacienda, la facultades para poder establecer los aumentos pertinentes según él las actualizaciones del índice del precio al consumidor. |