La Tecla Mar del Plata
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En el mes de julio se debe presentar el recalculo de las categorías, pero AFIP suspendió el trámite a la espera de la sanción de la nueva ley que reforma el régimen.
El Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes establece dos recategorizaciones anuales, una en el mes de enero y otra en el mes de julio, en las cuales los pequeños contribuyentes deberán ingresar sus ingresos brutos, la superficie de local o establecimiento, la energía eléctrica consumida y los alquileres pagados respecto a los últimos 12 meses calendario para definir la categoría que regirá por el siguiente semestre.
La recategorización semestral que debe efectuarse este mes no se encuentra disponible por el momento. El sitio web de la AFIP informa que dicho procedimiento se halla en proceso de actualización en función del proyecto de ley 'Programa de fortalecimiento y alivio fiscal para pequeños contribuyentes', en trámite legislativo. Al respecto, el viernes pasado y con 233 votos a favor y 2 abstenciones en general, la cámara baja dio medio sanción al proyecto y lo trasladó a senadores para su sanción definitiva. Se espera tratamiento exprés en la Cámara de Senadores en la próxima semana.
El programa de “Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes” establece una serie de modificaciones y beneficios, de los cuales destacamos los siguientes: