15 de abril de 2025
MÁS COMPLICADO
Procesaron a Alberto Fernández en la causa por violencia de género contra Fabiola Yañez
El expresidente está más complicado en su causa por violencia de género. Por mayoría, la Cámara Federal de Comodoro Py ratificó los delitos de lesiones leves y agravadas.

La sala II de la Cámara Federal de Comodoro Py ratificó por mayoría el procesamiento del ex presidente de la Nación, Alberto Fernández, en la causa por violencia de género contra su ex pareja, Fabiola Yañez. Tras varios meses sin avances en la causa, el ex jefe de estado quedó a un paso del juicio oral.
La Cámara Federal ratificó los delitos de lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas. El presidente quedó cerca de presentarse a juicio oral, dependiendo de la decisión del juez federal Julián Ercolini y el fiscal Ramiro González.
La votación finalizó con dos votos a favor, que aportaron los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, mientras que el tercer juez de la Cámara Federal, Roberto Boico, se inclinó por la falta de mérito del ex presidente para que siga siendo investigado.
“Todo demuestra que la damnificada era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario”, sostuvo el juez Iruzun en el fallo de ochenta y dos páginas que ratifica el procesamiento del expresidente.
También argumentaron que “hay fuertes motivos para sostener que los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género practicadas por quien mantenía una marcada desigualdad de poder con ella, además de un aislamiento (forzado por estos hechos) mantenido en un espacio muy particular (casa de huéspedes de la Quinta Olivos) donde Fernández era la autoridad máxima, ciertamente fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima”.
Por su parte, sostuvieron que debido a la desigualdad de poder entre Fernández y Yañez “influyó en la concreción de coacción para influir en la decisión de Yañez de no instar inicialmente la acción penal para que se investiguen los hechos”.
En contraposición a lo expuesto por los dos jueces, el magistrado Boico prefirió votar en disidencia al argumentar que “no es posible determinar las fechas y horarios en las que fueron tomadas las fotografías y grabado el video en cuestión”.
“Sin embargo, no se les tomó testimonio a ninguna de ellas pese a que podrían haber visto el ojo de Yáñez tal como se muestra en la imagen”, explicó el juez.