Se habilitaron las hipotecas divisibles: conocé todos los detalles
Este miércoles el Gobierno implementó esta nueva medida, que se publicó en el Boletín Oficial, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 1017/2024.
Compartir
Con la confirmación del fin del programa Procrear, impulsado por el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, el Gobierno habilitó las hipotecas divisibles.
En ese sentido, explican que se busca “impulsar y consolidar el mercado del crédito hipotecario robusto y sostenible en el tiempo” para “mejorar el acceso a la vivienda de muchas familias”.
Esta nueva medida pretende nuevos tipos de hipotecas y facilita el acceso a créditos para quienes quieren invertir en viviendas. Los puntos más destacados son:
Hipotecas divisibles para proyectos inmobiliarios: permite a cada comprador asumir su propia deuda individualmente cuando adquiere una unidad de un desarrollo inmobiliario. Esta modalidad aplica a proyectos sujetos a propiedad horizontal o subdivisiones, permitiendo que la deuda se divida de acuerdo con cada unidad o lote adquirido.
Hipotecas sobre el derecho real de superficie: habilita el uso del derecho real de superficie como garantía hipotecaria. Esto significa que quienes posean un derecho a construir sobre un terreno ajeno podrán utilizar ese derecho como garantía, facilitando el financiamiento para proyectos habitacionales y de construcción.
Registro de boletos de compraventa: se podrán registrar boletos de compraventa de unidades futuras, como aquellos que aún no están construidos. Esta medida aporta seguridad jurídica a las preventas de unidades inmobiliarias, ya que el registro brindará publicidad y respaldo legal a estos contratos, protegiendo los derechos de los compradores.
Seguro facultativo para proyectos en construcción: hace optativo el seguro para contratos de prehorizontalidad. Con esta disposición, quienes adquieran unidades en construcción pueden optar por contratar el seguro o no, lo que permite mayor flexibilidad y autonomía a las partes en cada contrato.
Requisitos para solicitar las hipotecas divisibles:
-El dominio del inmueble deberá constar libre de gravámenes o los existentes deben ser reconocidos por el acreedor.
-Se tendrá que contar con un proyecto que determine la modalidad de la subdivisión, en el que deberá constar el número, características y destino de las futuras unidades funcionales o lotes de terreno, que describa el proyecto
-Debe haber conformidad de las partes para que concluida la división del inmueble y transferido el dominio o constituido el derecho real de superficie a favor de cada adquirente, se proceda conjuntamente con la división del crédito y de la garantía hipotecaria que, desde ese momento, afectarán individual e independientemente a cada unidad o lote o superficie por el saldo que le pudiere corresponder a estos últimos.
-Al dividirse el inmueble objeto del desarrollo inmobiliario, el crédito y la hipoteca, podrá transferirse a los respectivos adquirentes, quienes asumirán el saldo de deuda correspondiente a su propia unidad funcional.